Por estas razones podrían embargar tu salario en El Salvador: ¿te descontarían el sueldo completo o una parte?


El embargo salarial en El Salvador tiene límites legales claros que buscan equilibrar el derecho del acreedor a recuperar su dinero con la necesidad del trabajador de conservar ingresos suficientes para subsistir. Si tu salario neto no supera los $817.60, estás protegido por la ley (salvo en casos de alimentos). Y si lo supera, el monto embargable será solo una fracción escalonada del excedente, conforme a lo dispuesto en el Código Procesal Civil Mercantil.

¿Alguna vez te has preguntado si tu salario puede ser embargado y en qué situaciones se aplica? La respuesta es sí, en El Salvador, el embargo de salario es una herramienta legal que permite a los acreedores recuperar el dinero adeudado a través de una retención directa del sueldo del deudor.Aunque se trata de un proceso judicial, muchos trabajadores desconocen que existen límites claros establecidos por ley para proteger una parte esencial de sus ingresos, es decir, un embargo salarial no significa que el deudor se quedará sin un centavo de su salario.

A continuación, explicamos en detalle qué dice la legislación salvadoreña sobre este tipo de embargo, cómo se calcula y en qué casos es permitido.

¿Qué ley regula el embargo salarial?

Los embargos de salarios en El Salvador están regulados principalmente en el Código Procesal Civil y Mercantil (CPCM), específicamente en los artículos 621, 622 y 626. También se complementa con lo dispuesto en el artículo 133 del Código de Trabajo, que protege el salario mínimo de los trabajadores frente a embargos por deudas civiles o comerciales.

¿En qué casos pueden embargarte el salario?

Este tipo de embargo es una medida judicial que se aplica cuando una persona ha incumplido con sus obligaciones económicas. Aunque no ocurre de forma automática, puede activarse por orden de un juez si se cumplen ciertos supuestos, y estos están relacionados principalmente con:

1. Incumplimiento de deudas personales o comerciales

Préstamos personales no pagados (bancarios o de casas comerciales)
Tarjetas de crédito con saldos vencidos
Créditos de consumo adquiridos a plazos (electrodomésticos, vehículos, etc.)

2. Demandas por pensión alimenticia

Este es uno de los casos más comunes y graves: si una persona ha sido demandada por no pagar la pensión alimenticia de sus hijos, el juez puede ordenar un embargo de hasta el 50 % del salario neto.

3. Avalar a alguien que no paga

Si fuiste fiador o aval de alguien que incumplió con el pago de una deuda, podrías ser incluido en un juicio ejecutivo y estar sujeto a embargo de salario, aun cuando no fuiste quien recibió el dinero o crédito.

4. Demandas judiciales con sentencia firme

Cuando un tribunal civil o mercantil ha emitido sentencia condenatoria y el deudor no paga voluntariamente, el acreedor puede solicitar la ejecución forzosa y proceder con embargo salarial.

¿Qué parte del salario no se puede embargar?

El artículo 621 del CPCM establece que “no pueden embargarse los salarios, sueldos, pensiones o jubilaciones que no excedan el doble del salario mínimo urbano, más alto, vigente”.

Actualmente, el salario mínimo urbano más alto es de $408.80 mensuales en el sector comercio y servicios, eso significa que todo trabajador que gane hasta $817.60 está protegido contra embargos salariales (excepto si se trata de una pensión alimenticia).

¿Y si gano más de eso? Así se aplica el artículo 622

Cuando el salario mensual supera los $817.60, solo el excedente puede ser embargado, y se hace mediante una escala porcentual. Según el artículo 622 del CPCM, el cálculo se realiza de la siguiente manera:

– De dos a tres salarios mínimos, es decir, de $817.60 a $1,226.40, se aplicará un descuento del 10 % sobre el excedente.

– De tres a cuatro salarios mínimos, es decir, de $1,226.40 a $1,635.20, se aplicará un descuento del 15 % sobre el excedente.

– De cuatro a cinco salarios mínimos, es decir, de $1,635.20 a $2,044, se aplicará un descuento del 20 % sobre el excedente.

– Más de cinco salarios mínimos, es decir, más de $2,044, se aplicará un descuento del 25 % sobre el excedente.

Explicado en términos más simples, si una persona gana más de $817.60 mensuales, el porcentaje correspondiente de descuento se aplicará sobre el dinero extra.

¿Qué dice el Código de Trabajo?

El artículo 133 del Código de Trabajo respalda esta protección al señalar que el salario mínimo no podrá ser embargado salvo para el pago de pensiones alimenticias, donde los jueces pueden autorizar incluso el embargo de hasta el 50 % del ingreso neto del trabajador.

Ejemplos prácticos con el salario mínimo actualizado a $408.80

Para comprender mejor cómo se aplica esta normativa, veamos tres escenarios basados en la ley salvadoreña:

Ejemplo 1: Una persona que gana $800 mensuales

– Salario neto mensual: $800

– Límite que no se puede embargar (hasta 2 salarios mínimos): $817.60

– Resultado: No se puede embargar ninguna parte del salario, ya que está por debajo del límite legal.

– Excepción: si existiera deuda alimenticia, podría embargarse hasta el 50 %

Ejemplo 2: Salario de $1,200

– Salario neto: $1,200

– Límite inembargable: $817.60

– Excedente que sí se puede embargar: $1,200 – $817.60 = $382.40

– Este monto cae dentro del tramo de 2 a 3 salarios mínimos, por lo que se aplica un 10 %.

– Embargo mensual: $382.40×10 % = $38.24

– Resultado: Este empleado tendrá un descuento mensual de $38.24

¿Quién ordena el embargo?

El embargo no es automático, debe ser autorizado por un juez como parte de un proceso judicial. Una vez decretado, el juez notifica al empleador, quien está obligado a retener la cantidad mensual autorizada y transferirla al tribunal o al acreedor correspondiente. Si el empleador no cumple, puede ser sancionado.

¿Se puede evitar un embargo ya dictado por un juez?

De acuerdo con la Defensoría del Consumidor, la única forma de evitar un embargo ya dictado por un juez es llegar a un acuerdo extrajudicial con el acreedor, pagando parte o la totalidad de la deuda, o logrando un nuevo acuerdo de pago.

¿Cómo evitar caer en una situación de embargo?

Aunque nadie está exento de enfrentar dificultades económicas, es importante tener en cuenta lo siguiente:

  • Evita endeudarte con múltiples créditos al mismo tiempo, especialmente con tasas de interés elevadas.
  • Si no puedes pagar, trata de renegociar directamente con el acreedor antes de que inicie una demanda judicial.
  • Evita ser fiador si no tiene capacidad para responder por esa deuda.
  • Si recibes una notificación judicial, no la ignores: acudir a la audiencia y presentar tu caso puede evitar que se decrete un embargo.
  • En el caso de pensiones alimenticias, cumple puntualmente. No hacerlo puede tener consecuencias legales severas.

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