El proceso para solicitar la pensión por vejez es similar en las dos AFP que administran los fondos de pensiones en El Salvador. Conoce los requisitos.
La edad de jubilación en El Salvador es de 60 años para los hombres y 55 años para las mujeres, según estipula la Ley Integral del Sistema de Pensiones en el artículo 96.
Sin embargo, junto con la edad se debe de tener un tiempo de 25 años cotizados, ya sea de forma continua o discontinua.
Teniendo esos requisitos, los cotizantes pueden acceder a la pensión por vejez.
“La pensión por vejez consiste en que el afiliado, al momento de cumplir la edad legal de retiro y tener un mínimo de veinticinco años cotizados, mantiene en una Administradora el saldo de su Cuenta Individual de Ahorro para Pensiones para que aquella le entregue mensualmente una pensión con cargo a la misma”, define el artículo 97 de la referida Ley.
La pensión por vejez es calculada para un período de 20 años, por lo que el saldo de la Cuenta Individual se otorga en 240 mensualidades y 20 pensiones de Navidad. Estas últimas equivalen a la mitad de la pensión mensual. Terminado dicho monto, la pensión se continúa otorgando con la Cuenta de Garantía Solidaria con un monto diferente.
El proceso para solicitar la pensión por vejez es similar en las dos AFP que administran los fondos de pensiones en El Salvador.
AFP Crecer
Según AFP Crecer, para solicitar la pensión por vejez debe reunir la documentación siguiente:
-Carnet del ISSS o comprobante de registro del ISSS actualizado.
– DUI, carné de residente o pasaporte vigente en caso de ser extranjero, con estado civil actualizado.
– Partida de nacimiento original y reciente (no mayor a seis meses de haber sido emitida y debidamente marginada en caso que corresponda).
– Historial laboral ISSS o INPEP (Acta original firmada en la unidad de Historial Laboral y resumen de Historia Laboral), en casos que correspondan.
– Libreta o contrato con número de cuenta bancaria
El proceso pasa solicitud es el siguiente:
Primera asesoría: en esta se actualizarán sus datos y se programará cita en la ventanilla única del INPEP/ISSS si cotizó a esos institutos; y se entregará el listado de documentos a presentar.
Debe reconstruir su historial laboral del Sistema Público, en el caso de que haya cotizado allá y posteriormente debe “firmar su Historial Laboral del Sistema Público (SPP).
Como siguiente debe “abrir el expediente de su trámite en Crecer presentando todos los documentos requeridos”.
“Se gestiona y recibe el Certificado de Traspaso del ISSS/INPEP, el cual es comprado por el Fondo de Pensiones para depositar dinero en la cuenta”, indica.
Además aclara que “si cotizó al Fondo Social para la Vivienda (FSV), se solicitará la firma del reporte de cotizaciones y el FSV trasladará los recursos.”
Por último, el solicitante debe firmar o rechazar la resolución de su pensión.
AFP Confía
En AFP Confía también se comienza por una asesoría inicial, la cual se puede solicitar con cita al 22677777. En ella recibirá una asesoría de lo que necesita para el trámite. “Es necesario tener a la mano tu documento de identidad vigente (DUI, pasaporte, carné de residente) y carné o comprobante del ISSS/INPEP”, indica.
Agrega que “al completar los documentos que te sean indicados en el paso 1, debes programar una nueva cita para efectuar la recepción de la solicitud y debes presentar: tu historial laboral, la autorización del saldo ahorrado en el Fondo Social para la Vivienda, el consolidado SAP/SPP y el cálculo del certificado de traspaso, si aplica”.
Finalmente, “si proporcionaste un correo electrónico, recibirás la resolución de pago y podrás aprobarla por ese medio”, explica. Es entonces cuando deberás proporcionar el nombre y número de cuenta bancaria donde recibirás la pensión.
Por otra parte, “si no proporcionaste un correo electrónico, serás contactado por teléfono, para agendar una cita en agencia y efectuar el trámite”.
Por último, “recibirás el depósito de tu beneficio, el día señalado en la resolución de pago, en la cuenta bancaria presentada”.
Si tienes la edad pero no el tiempo mínimo cotizado
AFP Crecer explica que si no se cumple el requisito de 25 años cotizados hay otras opciones.
“Si cumples con las edades de pensión pero tienes más de 10 y menos de 25 años cotizados, puedes aplicar a otras prestaciones a partir del número de años que has cotizado”, indica.
Agrega que “si cotizaste entre uno y diez años recibirás la devolución de tus ahorros y rentabilidad”.
En tanto, si cotizaste más de diez años pero menos de veinte puedes elegir entre la devolución de tu saldo o recibir un beneficio económico temporal.
Por otra parte, si cotizaste más de 20 años pero menos de 25 años, puedes elegir entre la devolución de tu saldo o un beneficio económico permanente.