¿Qué ocurre si hay vacíos en el historial laboral para obtener mi pensión?

Nov 28, 2025 Jubilación

El historial laboral es uno de los documentos requeridos dentro del proceso para recibir la pensión en El Salvador y se debe tramitar, preferentemente, unos seis meses antes de cumplir los requisitos para pensionarse: edad de jubilación y 25 años de cotizaciones continuas o discontinuas.

El historial laboral figura en el artículo 20 de la Ley Integral del Sistema de Pensiones, donde se describe como el documento que detalla el tiempo laboral histórico de los trabajadores incorporados al sistema, que hayan laborado en el sector público, privado o en ambos. 

Según la misma normativa, sirve de base para calcular los tiempos requeridos para acceder a una pensión (25 años de cotizaciones continuas o discontinuas).

El historial laboral está sustentado por las cotizaciones del empleado a los antiguos institutos de pensiones (Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) e Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos (INPEP), como a las actuales administradoras de fondos de pensiones (AFP), vigentes desde abril de 1998.

En palabras de Sonia Arias, experta en temas laborales, es un registro de las cotizaciones detalladas por mes y año desde el inicio de la vida laboral, donde también figura el empleador (empresa o institución) y salario por el que se cotizó. 

“Son las cotizaciones que todos los trabajadores que iniciamos nuestro proceso laboral antes de abril de 1998 tenemos. Antes de eso todo el sector privado cotizaba solo al ISSS”, Sonia Arias, especialista en temas laborales.

Según Arias, los aportes al ISSS de los empleados del sistema antiguo se ven reflejadas en el historial laboral. Actualmente, es entregado por el Instituto Salvadoreño de Pensiones (ISP) con cita previa por medio de las AFP. 

“Voy a la AFP y digo que tengo cotizaciones que hice en el ISSS. Ellos me dan la cita para el ISP”, señala Arias.

Sin embargo, puede ocurrir que el historial laboral presente vacíos en sus cotizaciones: periodos en los que no se aportó para la pensión por cualquier razón. ¿Qué ocurre en ese caso?

Vacíos en las cotizaciones

Según la experta, como la ley exige un mínimo de 25 años cotizados de manera continua o discontinua para pensionarse, los vacíos no impiden recibir la pensión, pero sí retrasarán cubrir la meta de 25 años, ya que no serán tomados en cuenta para su cómputo. 

“Los vacíos no importan porque al final, por ejemplo, si uno comenzó a trabajar en noviembre de 1992 y en 1993 se quedó sin trabajo y no tiene un año de cotización, pero luego siguió trabajando, todo lo que ha ido cotizando (después) se va sumando. Yo sé que no tengo 25 años continuos, pero con todo lo poquito que fui cotizando hago los 25 años”, apunta.

En este punto, Arias explica que hay dos tipos de vacíos laborales: los generados por despido o renuncia, que paralizan las cotizaciones, y los que son producto de un error u omisión.

Los generados por despido o renuncia se verán reflejados en el historial laboral como un periodo en el que no se cotizó.

Por otro lado, los vacíos generados por errores en planilla en el número de afiliación al ISSS son los más comunes, según Arias. En otros casos el patrono pudo omitir reportar las cotizaciones.

En esos casos, si el trabajador es consciente que cotizó en el periodo faltante en el historial no debe firmar el acta ante el ISP y argumentar a la institución que hay un vacío. El ISP debe buscar en sus planillas históricas la cotización del periodo faltante y agregarla al historial si la encuentra.

Si el ISP no la halla, el empleado debe acudir al patrono donde cotizó en el periodo faltante y pedir las copias de las planillas. El empleador mandará las copias y una carta ante el ISP para acreditar la cotización en el periodo vacío. 

Mientras tanto, las incapacidades nunca han generado vacíos en el historial, tanto antes como después de abril de 1998, aclara Arias. Actualmente, el Seguro Social cubre las incapacidades que no son por maternidad con el 75 % del salario sobre un techo de $1,000. 

Los empleadores, a partir de julio de 2023, sobre ese 75 % siguen aportando el 8.75 % patronal para la pensión, y el empleado su respectivo 7.25 %. 

¿Qué pasa si solo he cotizado a las AFP?

Si nunca cotizó al régimen antiguo, el historial laboral se tramitará solo con la AFP a la que el trabajador esté afiliado, la cual lleva el registro histórico de cotizaciones. 

Para revisar este historial, se debe pedir un estado de cuenta histórico a la AFP, que incluya desde la primera cotización hasta la última. 

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