Hasta el 2022, aproximadamente el 24.8 % de la población salvadoreña reside en el extranjero, siendo Estados Unidos el principal destino, según un informe de la Asociación de Derechos Humanos Tutela Legal.
La diáspora goza de una serie de derechos que garantizan su vinculación con el país, los cuales están estipulados en la Constitución y otras leyes locales.
Uno de estos es el derecho a la propiedad y a heredar, que les permite poseer bienes en El Salvador y transmitiros legalmente. En otras palabras, los connacionales tienen derecho a heredar y ser herederos incluso si viven en otro país.
Puede que la aceptación de herencia parezca un proceso desafiante, pero con la asesoría adecuada resulta sencillo. A continuación te contamos qué pasos debes seguir para reclamarla desde donde estés y si tu estatus migratorio podría influir en el trámite.
¿Qué se necesita para aceptar una herencia?
Antes que nada, es importante saber que, en términos jurídicos, una herencia es “el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que una persona transmite a otros tras su fallecimiento”. Además de inmuebles, vehículos y cuentas bancarias, se pueden heredar derechos de autor y participaciones en empresas.
De acuerdo con la licenciada Claudia Amaya, una herencia puede reclamarse de dos formas: vía notarial o judicial. La primera se da cuando hay un testamento y todos los herederos están conformes con él, mientras que la segunda se aplica si hay conflicto entre los beneficiarios, no existe un testamento o si los bienes están muy complicados de dividir.
Para ambos casos se requiere que el heredero presente su Documento Único de Identidad (DUI) o pasaporte salvadoreño vigente, así como su partida de nacimiento y la partida de defunción del causante.
Los documentos apostillados solo son necesarios si el heredero nació en el extranjero o si el causante no falleció en territorio salvadoreño; “aparte de eso, toda nuestra documentación salvadoreña es completamente válida sin necesidad de apostilla”, expresa Amaya.
Si se decide nombrar un apoderado legal, que en la vía judicial debe ser un abogado, se anexará el DUI y partida de nacimiento de él o ella. Esta persona tendrá la potestad de representar a uno o varios herederos en las gestiones que requiera la aceptación de herencia.
Si el DUI o pasaporte no está vigente puede renovarlo en el consulado salvadoreño más crecano a su domicilio. Mientras que las certificaciones de partidas se pueden solicitar en línea a través de la página web simple.sv. por un costo de $35.
Vale señalar que el trámite de aceptación de herencia solo puede realizarlo un notario salvadoreño, independientemente si vive en el país o en el exterior. “Un notario extranjero no es la persona autorizada legalmente para hacer este trabajo. La herencia se rige por la ley salvadoreña, por lo que solo un salvadoreño tiene la fe pública para poder realizar ese tipo de trámite”. explica la licenciada Amaya.
¿Qué pasa si tengo un estatus migratorio irregular o estoy en proceso de deportación?
Según Amaya, la ley salvadoreña no exige que los herederos viajen al país para reclamar sus bienes, sino que pueden hacerlo directamente desde la nación en la que residen.
“Lo importante es demostrar el vínculo familiar y contar con los documentos. Desde acá (el exterior) el compatriota puede realizar su trámite sin ningún problema”, reitera.
Asimismo, la experta indica que el estatus migratorio del heredero no afecta en el trámite; de hecho, la mayor parte de sus clientes son indocumentados.
Tener abierto un proceso de deportación tampoco evita que un migrante reclame su herencia en El Salvador.
¿Cuánto dura el proceso de aceptación de herencia?
La duración del trámite dependerá de la dificultad que implique el caso y la vía en que se desarrolle: notarial o judicial.
“Un caso ideal, donde haya un heredero universal y un testamento con todos los bienes en orden, puede demorse tres meses”, indica Amaya.
“Se complica un poquito el proceso cuando hay problemas con los nombres de las partidas o errores en los registros de las propiedades”, señala.
Además, si la gestión se realiza por vía judicial debido a conflictos entre los herederos u otra dificultad, puede extenderse a más de un año.
Es importante iniciar el trámite inmediatamente después del fallecimiento del causante, pues la aceptación de herencia tiene un periodo de prescripción de 10 años.
“Es recomendable que en cuanto se entere de que hay herencia, inicie el trámite porque el proceso puede tardar”, expresa la licenciada.
Si nadie reclama los bienes durante una década, el Estado salvadoreño puede tomar posesión de ellos, específicamente la Universidad de El Salvador u hospitales de la red pública, de acuerdo con el Código Civil.
En dado caso, una persona muere y su familia no sabe si dejó testamento, se debe ir a investigar a la Corte Suprema de Justicia. Si la entidad no posee dicho documento se procede como herencia intestada, detalla la experta.
¿A quiénes acudir para realizar el trámite?
Como se mencionó anteriormente, los únicos juristas que pueden realizar una aceptación de herencia en El Salvador son aquellos que se acreditaron en dicho país.
En este sentido, existe un equipo llamado Notarios SV, donde labora la licenciada Claudia Amaya, que cuenta con una red de profesionales distribuidos en distintos sectores de Estados Unidos y otros países del mundo en los que suele haber connacionales.
La primera consulta con este grupo es gratuita y se puede agendar llamando al (773) 372-0075 o por WhatsApp.
Otra opción es acudir a un consulado salvadoreño y que ellos lo contacten con un abogado apto para llevar el proceso.
Para Amaya es fundamental insistirle a los salvadoreños que busquen asesoría legal y que “no sientan que no pueden hacer valer sus derechos estando en el exterior”.